El viernes 23 de abril, la Cámara de Diputados de Chile aprobó una nueva ley, permitiendo la posibilidad de un tercer retiro de los fondos de pensionados, con la condición de que este, no supere el 10% del mismo.
El objetivo es ayudar con la carga familiar durante la situación económica actual, consecuente del Covid-19, afectando en gran medida a la clase trabajadora en los diferentes sectores económicos.
¿Quiénes pueden hacer el retiro del 10%?
La medida dicta que, cualquier persona podrá retirar el monto asignado, la única condición es estar inscrito en el sistema de pensiones. De igual manera, se tiene previsto a los pensionados de rentas vitalicias, dejándolos con la posibilidad de adelantar su pago de ellas, si así lo requieren.
¿Cuál es el monto a retirar?
Los montos establecidos por la ley depende de la cantidad que posea el individuo. El máximo establecido es de 150UF o $4,4 millones, al contrario, el mínimo de retiro es de 35 UF siendo aproximadamente 1 millón.
En las ocasiones, donde el acumulado total del 10% sea menor al 35 UF, será capaz de retirar hasta el monto disponible, es decir, podrá retirar todo.
Plazos
La solicitud del dinero la puedes realizar hasta un año luego de que se haga efectiva la reforma. Los pagos a las personas se harán efectivo al cabo de los 15 días hábiles para las AFP y 30 días para la renta Vitalicias.
Impuestos y pensión de alimentos
Es importante señalar, que en ninguna parte de la ley indica el cobro de impuestos, sin embargo, el dinero podría ser retenido si existe indicios de deudas por pensión de alimentos, por lo que deberá primero investigarse ello para liberar el dinero.
Aumento de cotización
Cabe destacar, que se impuso para quienes llevaron a cabo la solicitud, que podrán realizar un incremento de un punto porcentual a sus cotizaciones obligatorias, todo esto por decisión propia de la persona, dejándolos con un 11% de retribuciones, teniendo un tiempo alrededor de un año para ello.