Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV)

El estado es el encargado de financiar mensualmente el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV); el cual, como su nombre lo indica es un aporte monetario al que pueden acceder los adultos mayores que cumplan con los requisitos; con el fin de incrementar las pensiones recibidas mediante el sistema contributivo. Sin embargo, éstas deben ser menores a 467.894 pesos para las personas entre 65 y 74 años y 501.316 pesos para quienes tienen 75 años o más.

¿Quiénes pueden acceder al Aporte Previsional Solidario de Vejez?

Los adultos mayores que deseen recibir este aporte, deben esperar el proceso de revisión que realiza el Instituto de Previsión Social (IPS); el cual se encarga de verificar que los beneficiarios cumplen con los requisitos de residencia y focalización, establecidos y exigidos por el Sistema Solidario de Pensión.

En base a esto, es importante que conozcas cuáles son los requisitos y quiénes tienen acceso al Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV); de ahí que, elaboramos una lista detallada que se presenta a continuación: 

  • Personas que tengan como mínimo 65 años de edad, al momento de la solicitud.
  • Adultos mayores que tengan derecho y reciban una pensión de vejez o por sobrevivencia, por un monto menor a los establecidos de forma específica en la ley; ésta puede ser de una AFP, una compañía de seguros o una ex caja de previsión social administrada por el IPS.
  • No ser imponentes ni recibir pensión alguna de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) ni de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Adultos mayores que tengan derecho a una pensión de sobrevivencia, otorgada por la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  • Ser integrante del 60% de la población más pobre del país, lo cual es determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, mediante la revisión de los datos de calificación entregados por el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acreditar residencia en el territorio chileno por un período de 20 años; continuos o discontinuos, contados desde que la persona cumplió 20 años.
  • Tener residencia en el país de mínimo 4 años antes del proceso de solicitud.

Es importante destacar, que este aporte no tiene un período determinado de vigencia; por el contrario, su duración perdura, mientras el beneficiario cumpla con todos los requisitos establecidos por el IPS. Además, puede realizar su solicitud a través del sistema en línea de Chile Atiende.

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